justicia 7La Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a exagentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado causando grave daño de Eva Eugenia Palominos Rojas y Patricia del Carmen Zúñiga Barrios. Ilícitos perpetrados en 1974 y 1975, respectivamente, en el centro de detención clandestino de Villa Grimaldi.

En fallo dividido (causa rol 40.168-2017), la Segunda Sala del máximo tribunal del país –integrada por los ministros Milton Juica, Carlos Künsemüller, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm y el abogado (i) Jorge Lagos– confirmó la sentencia que condenó a Pedro Espinoza Bravo y Miguel Krasnoff Martchenko a la pena de 10 años y un día de presidio, en calidad de autores del secuestro de Eva Palominos.

En tanto, Gerardo Godoy García deberá cumplir 10 años de presidio como autor del secuestro de Patricia Zúñiga.

«De acuerdo a lo expuesto y considerando que los elementos probatorios reunidos durante el transcurso del litigio no permitían enmarcar la acción de los acusados en el artículo 150 Nº 1 en relación al Nº 2 del Código Penal en atención a que no consta en parte alguna del proceso que el encierro de las víctimas haya obedecido a un delito cometido por ellas, ni menos aún que quedara constancia de dicha detención luego de lo cual se le pusiera a disposición de algún tribunal de la República para su procesamiento, sino que, por el contrario, se acreditó que fueron secuestradas sin orden administrativa o judicial, luego conducidas a un recinto de detención clandestino, conocido como ‘Villa Grimaldi’, donde les aplicaron torturas atroces, confirmaron el fallo de primer grado, declarando que el hecho establecido se enmarca en el tipo penal descrito en el artículo 141 inciso tercero, esto es el delito de secuestro calificado, causando grave daño en la persona, en atención a que la Dirección de Inteligencia Nacional DINA, entidad a la que pertenecían los acusados, fue un organismo secreto que actuó por encima de la ley, y los agentes o efectivos que la integraban escapaban no solo del conocimiento público, sino también del control efectivo de legalidad, tanto en la aprehensión como en el posterior encierro de las víctimas, a quienes retenían en recintos clandestinos, en este caso Villa Grimaldi, cuartel secreto en que se mantuvo a Eva Eugenia Palominos Rojas y Patricia del Carmen Zuñiga Barros encerradas e interrogadas bajo torturas atroces causándoles grave daño, como quedó acreditado en este proceso», detalla el fallo.

En el aspecto civil, se confirmó la sentencia que ordenó al fisco pagar una indemnización de $60.000.00 (sesenta millones de pesos) a cada una de las víctimas.

Decisión adoptada con el voto en contra del abogado Lagos, quien estuvo con acoger los recursos casación en el fondo deducidos por el Consejo de Defensa del Estado y la defensa de los condenados Krassnoff Martchenko y Espinoza Bravo.

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