buscan aguaLa empresa podrá hacer sus descargos en los próximos 20 días hábiles. En tanto, arriesga multas de hasta $2.500 millones debido al corte masivo de agua potable que sufrió el pasado mes la comuna de Osorno.

La Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) resolvió abrir un proceso con la apertura de un expediente de caducidad en contra de la empresa sanitaria Essal, responsable del corte masivo de agua potable durante el pasado mes en Osorno, región de Los Lagos.

La indagatoria concluye que los hechos investigados son «de la mayor gravedad por su duración y repercusiones en la población y en el desarrollo de la ciudad afectada, por acciones de total responsabilidad de la empresa concesionaria ESSAL S.A. Además, estos hechos dejan en evidencia que la empresa sanitaria, incurrió en falencias operativas ante la emergencia, la información y la calidad de los servicios, aspectos que la legislación sanitaria considera sancionables».

Las sanciones podrían tomar un periodo cercano a los seis meses, que es más o menos el promedio que demora la Superintendencia en tomar las medidas concreta en hechos de magnitudes similares.

En tanto, las multas podrían llegar a los $2.500 millones de pesos, pero para ello se deberá esperar los descargos de la empresa. Luego de ello, el proceso podría llegar a tribunales.

«La caducidad muestra otra señal, que la empresa no ha sido capaz de entregar un servicio de calidad y con continuidad», sostuvo el superintendente, Ronaldo Bruna.

Recordar que durante las últimas semanas las autoridades se abrieron a la posibilidad de terminar con la concesión de la empresa a raíz de las graves falencias demostradas tras lo ocurrido en Osorno.

«Nosotros no nos dejamos presionar, por supuesto que leemos la prensa, pero somos un ente absolutamente técnico y riguroso en nuestros análisis, y nos apegamos a la legislación», sostuvo la autoridad.

CARGOS FORMULADOS

Los cargos formulados son por:

  1. a) Incumplimiento de la obligación de calidad de servicio y particularmente por no cumplir con la calidad del agua de acuerdo con las normas que rigen en Chile (NCh 409/1 Of.2005), especialmente en cuanto a requisitos de sabor y olor, presencia de cloro libre residual y turbiedad.
  2. b) Incumplimiento de la obligación de continuidad del servicio de agua potable, tras dos eventos que dejaron sin agua a Osorno entre el 11 y el 17 de julio, y luego entre el 17 y el 21 de julio. En el primer caso, se dejó sin servicio al 97,9% de los clientes de la ciudad, y en el segundo, al 50,6%.
  3. c) Afectación de los usuarios: La ley establece límites a las situaciones de corte, y el hecho de que en ambas situaciones de corte no programado de suministro se haya afectado a un porcentaje importante de la población constituye una infracción.
  4. d) Poner en peligro la salud de la población: Al extenderse más allá de lo debido el corte de agua potable, la concesionaria incurrió en una infracción de peligro.
  5. e) No cumplir con las instrucciones de la SISS: ESSAL Osorno incumplió el Oficio de la SISS N°3459 del 25 de noviembre de 2008 que establece las condiciones de prestación del servicio en caso de emergencias. En concreto, la empresa no cumplió con las obligaciones en cuanto a la atención de la emergencia, plazos de solución y distribución alternativa de agua potable.
  6. f) Información errónea a la autoridad y a los clientes: El cargo en este aspecto se refiere tanto a que no se informó oportunamente del derrame, como a la serie de informaciones manifiestamente falsas a los clientes y a la SISS sobre las causas del problema, el tiempo de reposición luego de la suspensión del suministro, causas del segundo corte y capacidad real de abastecimiento de emergencia.

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